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FHE 005.2024 EGEDA - Cuadro de Tarifas 2024
 

Circular No. 005.2024 - 8 de abril de 2024

 
Para su información y a fin de que tenga presente el cumplimiento del pago de derechos de propiedad intelectual a las Sociedades de Gestión Colectiva: EGEDA, SOPROFON y SAYCE; derechos que están reconocidos en el Código Orgánico de la Economía Social de los Conocimientos, Creatividad e Innovación y cuyo pago deben cumplirlo todos los establecimientos de alojamiento en el país; me permito enviar con esta circular el Cuadro de Tarifas 2024 de EGEDA, según el Convenio AHOTEC-EGEDA existente.

 

Es importante señalar que la Comisión, integrada por Diego Utreras, Director Ejecutivo de AHOTEC; Iván López, Director Ejecutivo de FENACAPTUR; y, Norman Bock, Presidente Ejecutivo de HQM, después de una ardua negociación llegó a un acuerdo con los directivos de EGEDA, que se materializó con un Convenio que regirá para el período 2024-2033, en el cual se establece un régimen especial de tarifas con importantes descuentos que fluctúan entre el 19% y el 62%, dependiendo de la categoría y la zona en que esté localizado el establecimiento.

Es preciso informar que las tarifas para el año 2024 son las mismas del año 2023 -no hay incremento- y se mantendrá el 10% de descuento adicional por pronto pago si el pago se cumple hasta el 30 de junio de 2024.



TARIFAS EGEDA 2024

ZONAS / CATEGORIAS

TARIFAS NO SOCIOS AHOTEC

TARIFAS PARA SOCIOS DE AHOTEC

Registro Oficial
194 (3 Sup.)
22.Nov.2022

CONVENIO EGEDA – AHOTEC

Valor / Habitación (TV)
/ Año (USD $)

Valor / Habitación (TV) / Año (USD $)

AÑO 2024 (*)

Hasta 30.06.2024

Del 1.07 al 31.12.2024

ZONA 1: Quito, Guayaquil y Galápagos

Lujo (5*)

30.60

19.24

21.38

Primera (4*)

30.60

15.35

17.06

Segunda (3*)

19.20

11.57

12.86

Tercera (2*) y Cuarta (1*)

19.20

9.01

10.01

ZONA 2: Capitales de Provincia

Lujo (5*)

30.60

17.33

19.25

Primera (4*)

30.60

13.82

15.36

Segunda (3*)

19.20

10.40

11.56

Tercera (2*) y Cuarta (1*)

19.20

8.20

9.11

ZONA 3: Resto del País

Lujo (5*)

30.60

15.59

17.32

Primera (4*)

30.60

12.44

13.82

Segunda (3*)

19.20

9.37

10.41

Tercera (2*) y Cuarta (1*)

19.20

7.30

8.11

NOTAS EXPLICATIVAS

(*) A las tarifas del año 2024 se ha aplicado todos los descuentos establecidos en el Convenio, incluido el de pronto pago, si el pago se cumple hasta el 30 de junio del 2024. En el caso de que el pago se realice entre el 1 de julio del 2024 y el 31 diciembre del mismo año, pierde el descuento de pronto pago.

 

TARIFA ANUAL POR COMUNICACIÒN PUBLICA EN AREAS COMUNES EN HOSPEDAJE

ZONAS / CATEGORIAS

TARIFAS NO SOCIOS AHOTEC

TARIFAS PARA SOCIOS AHOTEC

Reg. Oficial 194 (3 Sup.)
22.Nov.2022

CONVENIO
EGEDA – AHOTEC

Valor anual / TV en área común (USD$)

Valor anual / TV) en área común (USD$)

AÑO 2024 (*)(**)

Hasta 30.06.2024

Del 1.07 al 31.12.2024

ZONA 1: Quito, Guayaquil y Galápagos

Todas Las Categorias (5*, 4*, 3*, 2*, 1*)

44.40

22.52

25.02

ZONA 2: Capitales de Provincia

Todas Las Categorias (5*, 4*, 3*, 2*, 1*)

44.40

20.27

22.52

ZONA 3: Resto del País

Todas Las Categorias (5*, 4*, 3*, 2*, 1*)

44.40

18.24

20.27

NOTAS EXPLICATIVAS

(*) El establecimiento que no tenga televisores en habitaciones o en áreas comunes no debe pagar. Tampoco, quienes teniéndolos reproducen los itinerarios de los vuelos o de transporte; los que transmitan propaganda o información comercial del establecimiento o de la cadena de la que forma parte; o, quien transmita promociones del Destino o productos o servicios turísticos o no, nacionales o locales.

(**) A las tarifas del año 2024 se ha aplicado todos los descuentos establecidos en el Convenio, incluido el de pronto pago, si el pago se cumple hasta el 30 de junio del 2024. En el caso de que el pago se realice entre el 1 de julio del 2024 y el 31 diciembre del mismo año, pierde el descuento de pronto pago.

PLAZOS DE PAGO

Si el pago a EGEDA se cumple hasta el 30 de junio tiene un descuento adicional del 10 % -los valores constan en el cuadro- a los descuentos que establece el Convenio sobre las tarifas del Registro Oficial. Si el pago se realiza entre el 1 de julio y el 31 de diciembre pierde el descuento de pronto pago.

INDICACIONES PARA EL PAGO

Para que los establecimientos accedan a los beneficios, descuentos y tarifas especiales del Convenio, favor seguir las siguientes indicaciones:

  1. Este régimen especial de tarifas es exclusivo para los socios de AHOTEC, es decir para aquellos establecimientos de alojamiento que siendo socios de la respectiva Asociación Hotelera Provincial, cumplan con el pago de las cuotas sociales a la AHOTEC.
  2. Es requisito indispensable presentar a EGEDA la Certificación Actualizada de Afiliado a la AHOTEC para acceder a los beneficios, descuentos y tarifas especiales del Convenio.
  3. Esta Certificación emitirá AHOTEC a través de la Secretaría General. Puede solicitarla al whatsapp 099 7640 592 o a los teléfonos: (02) 2453 942 / 2443 425 o al correo electrónico: ahotec@interactive.net.ec
  4. A los establecimientos de alojamiento que no son afiliados a AHOTEC, EGEDA aplicará la tarifa del Registro Oficial.
  5. Para pagar puede comunicarse con EGEDA ECUADOR, en Quito, al teléfono (PBX): (02) 226 0589 o a través de whatsapp al 099 9979 584 o al correo electrónico: egeda-ecuador@egeda.com o pamela.penaherrera@egeda.com

QUÉ ES EGEDA Y CUÁNDO SE GENERA EL DERECHO

EGEDA es una Sociedad de Gestión Colectiva debidamente reconocida por el Instituto Ecuatoriano de la Propiedad Intelectual IEPI y representa a los Productores de obras audiovisuales –películas, cortometrajes, reportajes- nacionales y extranjeros.

Los derechos de EGEDA –retransmisión y comunicación pública de obras audiovisuales- se producen a través de las televisiones –receptores– que disponen los establecimientos de alojamiento en sus habitaciones y en áreas comunes, como restaurantes, bares, lobbies, etc.

CÓMO APLICA EL DERECHO DE EGEDA EN LOS ESTABLECIMIENTOS DE ALOJAMIENTO

El derecho por reproducción y comunicación pública de obras audiovisuales a EGEDA se paga por el número de habitaciones que cuenten con televisores –receptores–.

En los establecimientos de alojamiento que no cuenten con televisores (receptores) en todas las habitaciones, se paga por el número de habitaciones que cuenten con televisores.

El establecimiento que no tenga televisores –receptores– en las habitaciones y solo tenga hasta 3 televisores en áreas comunes no deberá pagar ningún valor por reproducción y comunicación pública de obras audiovisuales a EGEDA.

Los establecimientos que no cuenten con televisores -receptores- en todas sus habitaciones no pagan ningún valor a EGEDA. 

Los establecimientos de alojamiento que no cuenten con televisores no deben pagar ningún valor de las tarifas establecidas en el Registro Oficial o el Convenio.

REGIMEN ESPECIAL DE TARIFAS

El régimen especial de tarifas contenido en el Convenio es exclusivo para los socios de AHOTEC y/o FENACAPTUR y contempla importantes beneficios y descuentos. Considera los siguientes criterios:

  1. Ubicación geográfica del establecimiento de alojamiento
  2. Categoría del establecimiento
  3. Afiliación a AHOTEC
  4. Tarifas referenciales especiales y descuentos sobre el tarifario del Registro Oficial 
  5. Rebaja  por pronto pago.

Estas rebajas y condiciones especiales se negociaron sobre el tarifario general de EGEDA publicado en el Registro Oficial No. 194 (3er. Sup-) de 22 de noviembre del 2022.
 
El Convenio tiene una duración de 10 años, es decir tendrá vigencia hasta el 31 de Diciembre del 2033.

Nos permitimos recomendar a nuestros socios el cumplimiento de esta obligación con el pago de estos derechos que protege la Ley de Propiedad Intelectual en favor de los  productores de obras audiovisuales; y, que se lo haga dentro de los plazos indicados en esta Circular, hasta el 30 de junio del 2024 por los valores del 2024, a fin de que se beneficien con los mayores descuentos posibles.
 
Cabe aclarar que estos derechos de propiedad intelectual que representa EGEDA son distintos de los que representa SAYCE (autores y compositores) o SOPROFON (productores de fonogramas); que también están reconocidos en la Ley de Propiedad Intelectual.

Particular que ponemos en su conocimiento para los fines consiguientes.

F.: Diego Utreras Hidalgo
Director Ejecutivo
Federación Hotelera del Ecuador (AHOTEC)

 
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  • FHE 025.2017 Inspecciones de trabajo y directrices para prevención de drogas
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  • FHE 046.2015 Normas para pago de la 13ra. y 14ta. Remuneración
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  • FHE 008. 2020. Ley Orgánica de Simplicidad y Progresividad Tributaria
  • FHE 010.2014 Convenio SOPROFON – AHOTEC y FENACAPTUR
  • FHE 07.2020 MINTUR expide norma que regula declaración de la contribución del 1x1000
  • FHE 002.2024 SOPROFON- Cuadro de Tarifas 2024
  • FHE 001.2023 Salarios Mínimos Sectoriales 2023
  • FHE 026.2023 Convenio AHOTEC – HOTEL LINK
  • FHE 008.2023 AHOTEC - Convenio con GUAYAFLEX
  • FHE 014.2022 AHOTEC - Convenio con CAR SOUNDVISION
  • Sede: Quito, América N38-80 y Diguja Teléfonos: (593 2) 244 3425 / 245 3942 / 099 764 0592 ahotec@interactive.net.ec
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