Circular No. 001.2023 - 3 de Enero de 2023 |
Para su información y aplicación comunicamos que el Ministerio del Trabajo expidió el Acuerdo Ministerial No. MDT-2022-234 de 20 de diciembre de 2022, en el cual constan los salarios mínimos sectoriales que regirán a partir del 1 de enero de 2023, para las 21 comisiones sectoriales. Salarios Mínimos Sectoriales 2023.
En los siguientes enlaces puede descargar las tablas sectoriales de las siguientes Comisiones:
Turismo y Alimentación
Transporte, Almacenamiento y Logística
Actividades Tipo Servicios
El incremento aprobado por el Ministro del Trabajo y Salarios para la Comisión No. 16: Turismo y Alimentación para el año 2023, fue de 5,88 % sobre los valores de los salarios mínimos sectoriales vigentes para el 202, al igual que a las demás comisiones sectoriales.
Es necesario precisar que a diferencia de años anteriores (2011 a 2015), que los incrementos que se aprobaban eran un rango de porcentajes sobre el Salario Básico Unificado que sería fijado por el Gobierno a fin de año, es decir, se producía un doble incremento: el del SBU y el del sectorial; para el año 2022, la elevación de los salarios mínimos sectoriales de 5,88 %, aprobada por el Consejo Nacional del Trabajo y Salarios, se aplica sobre los valores de los salarios 2022, es decir, hay un solo incremento, como ha ocurrido en los últimos siete años, Los valores constan en la Tabla siguiente.
COMISION TURISMO Y ALIMENTACION
TABLA DE SALARIOS MÍNIMOS SECTORIALES PARA 2023
Valores en dólares (USD $) |
|
HOTELES Y RESTAURANTES |
Ag. Viajes |
|
CATEGORIAS |
Catering |
Niveles |
3a. y 4a. |
2da. |
1ra. |
Lujo |
Parques N. |
E2 |
452.61 |
453.06 |
453.51 |
453.96 |
453.20 |
E1 |
453.06 |
453.51 |
453.96 |
454.41 |
452.61 |
D2 |
453.51 |
453.96 |
454.41 |
454.86 |
453.78 |
D1 |
453.96 |
454.41 |
454.86 |
455.31 |
|
C3 |
454.41 |
454.86 |
455.31 |
455.76 |
|
C2 |
454.86 |
455.31 |
455.76 |
456.21 |
455.53 |
C1 |
455.31 |
455.76 |
456.21 |
456.66 |
456.12 |
B3 |
455.80 |
456.21 |
456.66 |
457.11 |
|
B2 |
456.21 |
456.66 |
457.11 |
457.56 |
457.29 |
B1 |
456.66 |
457.11 |
457.56 |
458.00 |
457.87 |
A1 |
457.11 |
457.56 |
458.00 |
458.45 |
|
Estos valores rigen para los trabajadores de los sectores de la Comisión “Turismo y Alimentación” que incluye a los establecimientos que prestan servicio de alojamiento turístico (hoteles, hostales, hosterías, etc.); establecimientos que prestan servicios de comidas y bebidas (restaurantes, bares, cafeterías, etc.); agencias de servicios turísticos, operadoras y mayoristas de turismo; servicios de alimentación: abastecimiento de comida por encargo (catering) y Parques Nacionales y Áreas Naturales.
CARGOS TRANSVERSALES (Resolución Año 2011)
Es necesario informar también que desde el año 2012 se unificaron en la Comisión Sectorial No. 19 “Actividades Tipo Servicios”, todos los cargos o puestos de trabajo que eran comunes en todas las comisiones.
Por consiguiente, para los puestos de trabajo que constan a continuación y formaban parte de la Comisión No. 16, se deberá tomar en cuenta que ahora constan en la comisión No. 19 “Actividades Tipo Servicio”; por lo tanto, los sueldos mínimos sectoriales son los que correspondan a cada puesto de trabajo en dicha tabla. Los cargos transferidos son:
SECTOR |
PUESTO DE TRABAJO |
RESOLUCION |
Agencias de Servicios Turísticos |
Cobrador |
Cargo transversal (Com. 19 – Servicios) |
Mensajero |
Cargo transversal (Com. 19 – Servicios) |
Establecimientos que prestan servicio de alojamiento turístico, hoteleros y no hoteleros |
Auxiliar de Enfermería |
Cargo transversal (Com. 19 – Servicios) |
Oficinista |
Cargo transversal (Com. 19 – Servicios) |
Mensajero |
Cargo transversal (Com. 19 – Servicios) |
Costurera |
Cargo transversal (Com. 19 – Servicios) |
Jardinero |
Cargo transversal (Com. 19 – Servicios) |
Establecimientos que prestan servicios de comidas y bebidas. |
Mensajero |
Cargo transversal (Com. 19 – Servicios) |
Portero / Conserje |
Cargo transversal (Com. 19 – Servicios) |
CARGOS CON NUEVA DENOMINACIÓN (Resolución Año 2011)
Igualmente, se anota que desde el 2012, a fin de mantener varios puestos de trabajo propios de nuestra actividad en la Comisión No. 16 “Turismo y Alimentación”, se resolvió diferenciarlos con la palabra “Certificado”, que se refiere a la certificación que se otorga a través de las normas técnicas de competencias laborales en turismo”. Dichos cargos constan a continuación:
SECTOR |
PUESTO DE TRABAJO |
RESOLUCION |
Agencias de Viajes y Turismo |
Cajero Facturador |
Queda como Cajero Certificado |
Recepcionista-Telefonista |
Queda como Recepcionista Certificada |
Establecimientos que prestan servicio de alojamiento turístico, hoteleros y no hoteleros |
Cajero Pagador |
Queda como Cajero Certificado |
Cajero Bilingüe |
Queda como Cajero Certificado |
Cajero |
Queda como Cajero Certificado |
Bodeguero |
Queda como Comprador |
Recepcionista Polivalente |
Queda como Recepcionista Polivalente Certificada |
Recepcionista |
Queda como Recepcionista Certificada |
Recepcionista Bilingüe |
Queda como Recepcionista Certificada |
Telefonista Bilingüe |
Queda como Recepcionista Certificada |
Telefonista |
Queda como Recepcionista Certificada |
Ayudante de Bodega |
Queda como Ayudante de Compras |
Limpieza |
Queda como Camarera de áreas de circulación |
Establecimientos que prestan servicios de comidas y bebidas |
Cajero |
Queda como Cajero Certificado |
Bodeguero / Comprador |
Queda como Comprador |
Ayudante de Bodega |
Queda como Ayudante de Compras |
Además, e igualmente desde el 2012 el cargo “hostess de aeropuerto” consta dentro del cargo “hostess”, que aplicará para el personal que se encarga de recibir y trasladar a los huéspedes desde el aeropuerto al hotel y viceversa.
INCLUSIÓN DE NUEVOS CARGOS (Resolución Año 2013)
A partir del 2014 se incorporan a las Tablas Sectoriales “Turismo y Alimentación” los siguientes cargos:
SECTOR |
NIVEL |
CARGO |
OBSERVACIONES |
Establecimientos que prestan servicios de alojamiento turístico, hoteleros y no hoteleros |
A1 |
Administrador Certificado |
Para todas las categorías: Lujo, 1ra., 2da.; y, 3ra y 4ta. |
B1 |
Subadministrador |
Establecimientos que prestan servicios de comidas y bebidas |
A1 |
Administrador Certificado |
Para todas las categorías: Lujo, 1ra., 2da.; y, 3ra y 4ta. |
B1 |
Subadministrador |
D2 |
Recepcionista Certificada |
E1 |
Ayudante de Mantenimiento |
E2 |
Hostes |
INCLUSIÓN DE NUEVOS CARGOS (Resolución Año 2017)
A partir del 2018 se incorporan a las Tablas Sectoriales “Turismo y Alimentación” los siguientes cargos:
SECTOR |
NIVEL |
CARGO |
OBSERVACIONES |
Establecimientos que prestan servicios de alojamiento turístico, hoteleros y no hoteleros; y, Establecimientos que prestan servicios de comidas y bebidas |
D2 |
Barista |
Para todas las categorías: Lujo, 1ra., 2da.; 3ra y 4ta. |
Establecimientos que prestan servicios de alimentación por encargo |
D2 |
Barista |
|
Establecimientos que prestan servicios de alojamiento turístico, hoteleros y no hoteleros |
D1 |
Asistente Hotelero |
Para todas las categorías: Lujo, 1ra., 2da.; 3ra y 4ta. |
Establecimientos que prestan servicios de comidas y bebidas |
D1 |
Asistente de Servicios de Comidas y Bebidas |
Para todas las categorías: Lujo, 1ra., 2da.; 3ra y 4ta. |
Agencias de servicios turísticos |
D2 |
Asistente de Agencias de Viajes |
|
Agencias de servicios turísticos |
C2 |
Operador de agencia de servicios turísticos |
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ACTUALIZACIÓN DENOMINACIONES DE CARGOS (Resolución Año 2017)
A partir del 2018 se actualizan los cargos de acuerdo con el reglamento que estableció nuevas denominaciones para los guías de turismo:
SECTOR |
NIVEL |
CARGO ACTUALIZADO |
OBSERVACIONES |
Agencias de servicios turísticos |
C2 |
Guía Nacional especializado en Patrimonio Turístico |
Se fusionan Guía en Áreas Naturales y Guía en Turismo Cultural |
C2 |
Guía Nacional Especializado en Aventura |
Cambia denominación del Guía Turismo de Aventura |
C2 |
Guía Local |
Nuevo cargo |
TABLAS SECTORIALES
En los siguientes enlaces puede descargar las tablas sectoriales de las siguientes Comisiones:
Turismo y Alimentación
Transporte, Almacenamiento y Logística
Actividades Tipo Servicios
REPRESENTACION SECTOR EMPLEADOR
La representación del sector empleador en la Comisión Sectorial de Salarios Mínimos “Turismo y Alimentación” la ejerce Diego Utreras, Director Ejecutivo de AHOTEC y Jhofre Echeverría, representante de la Organización de Restaurantes de Pichincha.
Particular que me permito poner en su conocimiento para los fines pertinentes
F.: Diego Utreras Hidalgo
Director Ejecutivo
Federación Hotelera del Ecuador (AHOTEC)